Visto Bueno, Art. 172 Código del Trabajo, causales en contra del empleado, Ecuador 2026.
Actualizado el 12 de octubre de 20262 min de lectura3.649 lecturas
<= Anterior / / Siguiente =>
El Visto Bueno es un trámite administrativo ventilado por uno de los Inspectores de Trabajo del Ministerio del Trabajo, consiste en la posibilidad de dar por terminado legalmente el vínculo o relación laboral mediante una resolución favorable emitida por el o la sustanciadora del proceso.
Este proceso se utiliza contra aquellos empleados que incurran en una o más de las causales determinadas.
Art. 172.- Causas por las que el empleador puede dar por terminado el contrato.- El empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo, previo visto bueno, en los siguientes casos:
1.- Faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo o por abandono de éste por un tiempo mayor de tres días consecutivos, sin causa justa y siempre que dichas causales se hayan producido dentro de un período mensual de labor;
2.- Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados;
3.- Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador;
4.- Por injurias graves irrogadas al empleador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante;
5.- Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se comprometió;
6.- Por denuncia injustificada contra el empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social. más, si fuere justificada la denuncia, quedará asegurada la estabilidad del trabajador, por dos años, en trabajos permanentes;
7.- Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, las prescripciones y dictámenes médicos; y,
8.- Por el cometimiento de acoso laboral, ya sea de manera individual o coordinada con otros individuos, hacia un compañero o compañera de trabajo, hacia el empleador o empleadora o hacia un subordinado o subordinada en la empresa.
9.- Previa a la petición del visto bueno procederá la apertura de una conciliación que presidirá la autoridad laboral competente, en la que serán oídos, además del interesado, los representantes de los trabajadores y el empleador o quien le represente.
Nota: Numeral 8 agregado por artículo 8 de Ley No. 0, publicada en Registro Oficial Suplemento 116 de 9 de noviembre del 2017.
Adicionalmente, si la empresa tiene aprobado Reglamento Interno de Trabajadores, también podrá alegar otras causales que le asista.
Quieres conocer como vamos a proceder en tu Trámite de Visto Bueno.
<= Anterior / / Siguiente =>
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
Laboral
Temas relacionados
Laboral
Derecho a Vacaciones, Art. 69 Código de Trabajo
En todo Contrato de Trabajo, el empleado recibirá por adelantado la remuneración correspondiente al período de vacaciones; es decir, todo trabajador, desde su primer día de relación laboral, tiene el beneficio de gozar…
LeerLaboral
Salario Básico Unificado (SBU) en
En Ecuador, a partir del 01 de enero del 2026 se estableció que el Salario Básico Unificado (SBU), se fije en la cantidad de USD $ 482,00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS DÓLARES AMERICANOS), teniendo una diferencia de USD…
LeerLaboral
Obligaciones Patronales y Registro de Empleados en la Empresa
Hoja de Vida suscrita con esfero de color azul; si el trabajador es profesional pide que presente copia certificada ante Notario Público del Título Académico. Al menos tres personas de referencia. Copia de cédula y…
LeerLaboral
Consignación de Haberes Laborales
El Ministerio de Trabajo lleva un control de las relaciones laborares entre empleadores y trabajadores, para el efecto registra los Contratos Individuales de Trabajo y Actas de Finiquito, a través de la herramienta…
LeerLaboral
Causales para dar por terminado el Contrato de Trabajo Art. 169
1. Por las causas legalmente previstas en el contrato; 2. Por acuerdo de las partes; 3. Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato; 4. Por muerte o incapacidad del empleador o…
LeerLaboral
Procedimiento para denunciar a mi empleador ante el Ministerio de Trabajo, preventiva de sanción
1.- Identificar de manera clara y precisa el inconveniente que tiene en contra de su empleador. (despido; falta de pago de liquidación; incumplimiento, retraso de mensualidades, acoso, multas excesivas, injurias graves…
Leer