Obligaciones del comprador, Ecuador 2026.
Actualizado el 15 de septiembre de 20261 min de lectura2.106 lecturas
1.- Pagar el precio.
2.- Recibir la cosa.
Cuando las partes no estipulen lugar y época de pago, se entiende que será en el momento de la entrega.
Cuando el contrato de Compra - Venta se realice en cuotas, y el comprador sea turbado en posesión, por alguna acción real de dominio en contra del vendedor, puede suspender el pago.
Si el comprador demandare resolución de contrato, pedirá restitución de lo pagado, y abono de las mejoras; pero si la causal para la resolución es imputable a la otro, el vendedor pedirá la devolución de la cosa, reconocimiento de frutos si los hubiere percibido el otro, si hubiere entregado ARRAS para asegurar la celebración del contrato, puede exigirlas dobladas, y finalmente puede pedir el reconocimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
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