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Art. 386.-Contravenciones de tránsito de primera clase. Sin licencia, falta de obra, exceso de velocidad moderado, transporte de pasajeros sin título o autorización de frecuencia, licencia con categoría diferente, carreras o competencia en la vía pública, Ecuador 2026.

Actualizado el 15 de septiembre de 20261 min de lectura4.124 lecturas

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