Valoración de la prueba, Art. 164, Ecuador 2026.
Actualizado el 16 de septiembre de 20261 min de lectura1.561 lecturas
Art. 164.- Para que las pruebas sean apreciadas por la o el juzgador deberén solicitarse, practicarse e incorporarse dentro de los términos señalados en este código.
La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, dejando a salvo las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos.
La o el juzgador tendrá obligación de expresar en su resolución, la valoración de todas las pruebas que le hayan servido para justificar su decisión.
_
Nota.- Tiene directa relación con el Principio de Valoración y el Principio de Motivación.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
Código Orgánico General de Procesos (COGEP)
Temas relacionados
Código Orgánico General de Procesos (COGEP)
Prueba en materia civil
La prueba consiste en convencer al Juez de la verdad de un hecho, del cual depende la existencia o extinción de un derecho, doctrinariamente tiene que cumplir cierto requisitos: a) Que puedan establecerse de manera…
LeerCódigo Orgánico General de Procesos (COGEP)
Juicios Civiles: procedimiento ejecutivo, Trámite monitorio, procedimiento sumario, procedimiento ordinario, procedimiento voluntario
El procedimiento es un requisito previsto en el Art. 142 # 11 del COGEP. Procedimiento ejecutivo.- Procedimiento monitorio.- Procedimiento sumario.- Procedimiento voluntario.- Procedimiento ordinario.- - Contencioso…
LeerCódigo Orgánico General de Procesos (COGEP)
Que es el COGEP, Codigo Organico General de Procesos
Para revisar completamente el Código Orgánico General de Procesos (COGEP), presiona AQUI. Este Código o cuerpo legal, es una norma y ley vigente en Ecuador, regula los pasos, procedimientos o fases para ejecutar un…
LeerCódigo Orgánico General de Procesos (COGEP)
Requisitos / Contenido de una demanda, Art. 142 COGEP
Nota.- A una demanda le puede preceder una diligencia preparatorias; para conocer los pasos y/o fases de un procedimiento pulsa AQUI. _ De acuerdo al COGEP, son 10 artículos los que pertenecen a las disposiciones…
LeerCódigo Orgánico General de Procesos (COGEP)
Principio de Intimidad
Pertenece al grupo de los principios universales del derecho. El Principio de intimidad no esta contemplado dentro de los principios de derecho constitucional; tampoco en los principios del sistema medio de…
LeerCódigo Orgánico General de Procesos (COGEP)
Trámite monitorio, cobro de prestamos, cobro de alícuotas, Art. 356 COGEP
Formulario para demandar monitorio. (aplicable a cantidades inferiores a 3 salarios básicos del trabajador en general) Código Orgánico General de Procesos: "Art. 356.- Procedencia. La persona que pretenda cobrar una…
Leer