Cobro de Facturas físicas y electrónicas, Ecuador 2026.
Actualizado el 15 de septiembre de 20261 min de lectura2.634 lecturas
- Antes de iniciar la accion judicial revisa que no haya prescrito el título, luego reune todos los Generales de Ley, intenta que las copias de la persona natural o jurídica sean legibles y a color y que el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y el nombramiento de Representante Legal sea actualizado.
- Copia certificada de las facturas, retenciones; guias de remisión; de ser posible podriamos presentar recibos y/o comprobantes de pago.
- Realizar y entregar un cuadro detallado y pormenorizado de las facturas que se pretende el cobro, con los montos deducidos en caso de haber retención.
- Si el monto de las facturas excede los 50 Salarios Básicos Unificados (SBU); esto es, la suma aproximada de USD $ 23.500 (VEINTITRES QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS) proporcionar documentación de soporte que justifique la relación comercial (Modelo) entre el actor y el demandado. Ejemplo: Contratos, correos, etc. Documentación que también deberá ser certificada ante un Notario/a Público.
- En caso de conocer que el demandado posee dinero en cuentas bancarias o bienes que aseguren el cobro al cliente, este deberá proporcionar una lista detallada, esto con la finalidad que su abogado pueda solicitar las medidas cautelares que dan lugar; esto es secuestro, embargo o retención.
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Nota.- Art. 356 Núm. 2 inc. 2 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP).
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
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