Lesión enorme en el contrato de Compra - Venta, Ecuador 2026.
Actualizado el 16 de septiembre de 20261 min de lectura2.673 lecturas
Civilmente la Lesión Enorme es un perjuicio o daño pecuniario, que solo se produce en un acto de Compra - Venta de bienes inmuebles, y por la persona que lo causo. La ley da ACCIÓN RECISORIA a quien ha sufrido perjuicio ENORME en concepto del legislador.
La lesión enorme, puede darse:
- 1.- Lesión enorme en el COMPRADOR, cuando este paga del justo precio, más el 50 % del valor; es decir, si la propiedad tiene un costo de USD $ 1.000,00 (MIL DOLARES AMERICANOS), y el 50 % corresponde a la suma de USD $ 500,00 (QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS), para que concurra el pago debe esta por encima de USD $ 1.501,00 (MIL QUINIENTOS 01/100 DOLARES AMERICANOS).
- 2.- En el VENDEDOR, cuando recibe valor económico inferior al 50 % o mitad de lo que se establece como justo precio; es decir, si la propiedad tiene un costo de USD $ 1.000,00 (MIL DOLARES , y el 50 % corresponde a la suma de USD $ 500,00 (QUINIENTOS DOLARES AMERICANOS), para que concurra el pago debe estar por debajo de USD $ 499,00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE DOLARES AMERICANOS).
NOTA: Esta acción no permite renunciar por escrito, prescribe en 4 años, y para efectos establecer el JUSTO PRECIO, los Gobiernos Seccionales Autónomos Descentralizados (GADS) o municipios harán anualmente una valoración o tasación de inmuebles, y lo establecerán en la cartilla de impuesto predial.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
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