Es obligatorio realizar un protocolo de Prevención y erradicación de la discriminación, violencia y acoso Laboral, Ecuador 2026.
Actualizado el 15 de septiembre de 20261 min de lectura889 lecturas
El Ministerio de Trabajo de la República del Ecuador, a través del Acuerdo Ministerial 102 MDT, ha impuesto con carácter obligatorio que todos los negocios con más de 1 (UNO) empleado implemente un Protocolo de Prevención y erradicación de la discriminación, violencia y acoso Laboral.
¿Esto cuando salió y hasta que fecha debo cumplir este requisito?
• Desde la xx del mes de octubre del 2025.
¿Como debo presentarlo?
• La presentación es virtual a través del portal oficial del Ministerio de Trabajo.
¿En caso de no presentar me van a multar?
• El gobierno realizará inspecciones físicas y virtuales, de no tenerlo iniciaran con un auto de inicio del expediente sancionador, entonces seguramente concluirá con una importante multa económica.
¿Por qué debo presentar este protocolo?
• Este protocolo tiene como finalidad evitar el riesgo de conflictos laborales, además que puedes evitar que tu empleado te denuncie.
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Nota.- Aquí puedes encontrar un Modelo de Protocolo interno para la prevención y erradicación de la discriminación, violencia y acoso laboral.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
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