La vicio es una de las patologías jurídicas (Estudio de los defectos, errores, vicios o disfunciones que afectan a normas, actos, contratos (negocios jurídicos) o procesos, dentro del sistema del derecho, comprometiendo su validez o su eficacia. Proviene del latín "vitium", que significa "anomalía, defecto, fallo o imperfección". Cabe entre particulares y son de género relacionado a la Teoría General del Derecho.
El vicio formal (in procedendo), es un defecto en el procedimiento, la competencia o las solemnidades externas exigidas por la ley para producir un acto jurídico o una sentencia. Afecta a la validez del proceso de formación (el cómo y el quién). Por ejemplo, dictar una sentencia sin haber citado al demandado (Art. 107 del COGEP) o celebrar una compra - venta de un bien raíz mediante documento privado sin escritura pública (Art. 1740 del Código Civil). Su consecuencia jurídica natural es la nulidad y la retroacción de las actuaciones al momento exacto en que se produjo la falla para rehacer el trámite, sin entrar a analizar si la decisión de fondo era justa o no. En síntesis el vicio formal destruye la validez del camino procesal o instrumental del recorrido para llegar al acto.
El vicio material (in iudicando), en cambio, es un defecto en el fondo, la sustancia o el contenido mismo del acto o de la decisión judicial. El trámite previo y las formas externas se cumplieron de manera impecable, pero el acto falla en el qué se decidió o pactó. Ocurre cuando el juez aplica indebidamente una ley o norma sustantiva, interpreta erróneamente la ley al resolver el mérito del litigio, o cuando en un contrato existe objeto ilícito o vicios del consentimiento como: error, fuerza o dolo (Art. 1467 del Código Civil). Su consecuencia no es retrotraer el trámite para repetirlo, sino revocar, casar o invalidar el contenido del acto dictando una decisión de reemplazo que corrija el error de derecho o dejando sin efecto la obligación sustancial. En síntesis; el vicio material destruye la legalidad de la decisión o declaración sustantiva contenida dentro de ese acto.
