amicus curiae definición, Ecuador 2026.
Actualizado el 6 de octubre de 20261 min de lectura797 lecturas
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (en adelante LOGJCC), inciso primero del artículo 12 dispone:
Comparecencia de terceros.- Cualquier persona o grupo de personas que tenga interés en la causa podrá́ presentar un escrito de amicus curiae que será́ admitido al expediente para mejor resolver hasta antes de la sentencia. De creerlo necesario, la jueza o juez podrá́ escuchar en audiencia pública a la persona o grupo interesado.
Es así que el amicus curiae es una figura jurídica que permite que terceros ajenos o interesados en un proceso judicial expongan sus puntos de vista, mediante un escrito sobre el asunto controvertido del caso en cuestión, con el fin de proporcionar argumentos para la contribución del debate. De igual manera la Corte Constitucional del Ecuador se ha manifestado respecto a su concepto aduciendo:
Constituye una herramienta que permite a las personas ajenas a un proceso judicial, aportar con criterios jurídicos sobre un punto determinado, con el objeto de facilitar y contribuir a los operadores de justicia en la resolución de un litigio controversial, en el cual, por lo general, se encuentran en juego derechos constitucionales. (Sentencia: N° 177-15-SEP)
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado: “[…] Los amicus curiae son presentaciones de terceros ajenos a la disputa que aportan a la Corte argumentos u opiniones que pueden servir como elementos de juicio relativos a aspectos de derecho que se ventilan ante la misma”.
Es pertinente mencionar que las apreciaciones aportadas por el amicus curiae no son vinculantes para el juez, sin embargo puede repercutir en la decisión final del caso.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
Derecho General Ecuador 2026
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