Principio de Supremacia de la Constitución, Ecuador 2026.
Actualizado el 15 de septiembre de 20262 min de lectura2.777 lecturas
- Este principio se ubica en varios escenarios: principios universales del derecho; principios autonomos constitucionales del Ecuador Art. 424 de la Constitución de la República del Ecuador.; y, Principios rectores y disposiciones fundamentales del COFJ, que se contempla en el Sistema Medio de Administracion de Justicia.
El Ecuador se desarrolla en un sistema democrático que va mas allá de lo electoral, promueve el respeto irrestricto a la norma constitucional; es decir, a la protección de los derechos, libertades y dignidad de los seres humanos.
Estrecha relacion con el Principio de Jerarquía y Principio de competencia.
___
Concordante con el Art.. 4.- Principio de supremacia constitucional, estipulado en el COFJ.
Las jueces y jueces, las autoridades administrativas y servidoras y servidores de la Función Judicial aplicarán las disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas de menor jerarquía. En las decisiones no se podrá restringir, menoscabar o inobservar su contenido.
En consecuencia, cualquier jueza o juez, de oficio o a petición de parte, sólo si tiene duda razonable y motivada de que una norma jurídica es contraria a la Constitución o a los instrumentos internacionales de derechos humanos que establezcan derechos más favorables que los reconocidos en la Constitución, suspenderá la tramitación de la causa y remitirá en consulta el expediente a la Corte Constitucional, la que en un plazo no mayor a cuarenta y cinco días resolverá sobre la constitucionalidad de la norma.
Si transcurrido el plazo previsto la Corte no se pronuncia, el proceso seguirá sustanciándose. Si la Corte resolviere luego de dicho plazo, la resolución no tendrá efecto retroactivo, pero quedará a salvo la acción extraordinaria de protección por parte de quien hubiere sido perjudicado por recibir un fallo o resolución contraria a la resolución de la Corte Constitucional.
No se suspenderá la tramitación de la causa, si la norma jurídica impugnada por la jueza o juez es resuelta en sentencia.
El tiempo de suspensión de la causa no se computará para efectos de la prescripción de la acción o del proceso.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
Derecho General Ecuador 2026
Temas relacionados
Derecho General Ecuador 2026
Principios Universales del derecho
Se los denomina así para referirse ha situaciones abstractas que se aceptan, adaptan y se aplican en los diferentes sistemas jurídicos. Nuestro Código Civil en el Art. 18 numeral 7, lo menciona como Interpretación…
LeerDerecho General Ecuador 2026
Materias de derecho en el
Administrativo.- Ambiental.- Civil.- Constitucional.- Inquilinato.- Laboral.- Mercantil.- Minero.- Municipal.- Niñez y Adolescencia.- Penal.- Es la ley que tipifica faltas, sanciones, delitos, penas y omisiones, en…
LeerDerecho General Ecuador 2026
SISTEMA
La palabra sistema tiene origen griego y significa medio (unión de varias partes o miembros) para un resultado; dicho de otra forma, el proceso conduce a la finalidad de Administrar Justicia. Actualmente tiene categoría…
LeerDerecho General Ecuador 2026
Diferencias entre nulidad absoluta y nulidad relativa
- NULIDAD.- Acción o efecto de anular un acto jurídico; como consecuencia de carecer de las condiciones necesarias para su validez o haber sido realizado omitiendo ciertas formalidades o requisitos indispensables…
LeerDerecho General Ecuador 2026
Principio de Mínima intervención, Art 195 CRE
Consta enunciativamente en el Art. 195 de la Constitución de la República del Ecuador, y es un principio que pertenece al grupo de los Principios Universales del Derecho. El Principio de mínima intervención, busca…
LeerDerecho General Ecuador 2026
Principio del debido proceso
Pertenece al grupo de los principios universales del derecho. Nuestra legislación ha ubicado al Debido Proceso en el Art 76 de la Constitución del Ecuador. La definición individual de la palabra debido consiste en estar…
Leer