Las sentencias expedidas en el extranjero requieren reconocimiento u homologación; de igual forma los Laudos Arbitrales y Actas de Mediación, Ecuador 2026.
Actualizado el 15 de septiembre de 20261 min de lectura2.167 lecturas
Afirmativo, la Asamblea Nacional dispuso que las sentencias, laudos arbitrales y actas de mediación para que sean utilizados en Ecuador, es necesario que sean reconocidas u homologadas, para dicho efecto se requiere cumplir requisitos, procedimientos y resultados de homologación.
El execuátur de sentencias "visto bueno" es un mecanismo de cooperación jurídica internacional mediante el cual un tribunal de un país reconoce y otorga validez a una sentencia dictada por un tribunal de otro país, permitiendo su ejecución dentro de sus fronteras. Su objetivo principal es evitar el inicio un mismo proceso judicial en el país donde se busca la ejecución.
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Nota.- Resulta recurrente la homologación de sentencia de divorcio.
La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.
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