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Código Orgánico General de Procesos (COGEP)

Se puede interrumpir una providencia preventiva Art. 128 COGEP, Ecuador 2026

Actualizado el 16 de septiembre de 20261 min de lectura2.399 lecturas

La información de esta guía es orientativa y puede variar según las circunstancias de cada caso. Para una evaluación de su situación, consulte con uno de nuestros abogados.

Código Orgánico General de Procesos (COGEP)

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